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Contrato de Prestación de Servicios para Eventos

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Entre VASQUEZ MÚSICA PARA EVENTOS, representada por el Sr. Vásquez Nicolás, en adelante “EL PRESTADOR”, por una parte; y por la otra el/la Sr./Sra. , DNI , con domicilio en , teléfono , en adelante “EL/LA CONTRATANTE”, se celebra el presente Contrato de Prestación de Servicios para Eventos, sujeto a las siguientes cláusulas:

1. Objeto del contrato

EL PRESTADOR se compromete a brindar los servicios correspondientes al tipo de servicio contratado:

para el evento de EL/LA CONTRATANTE que tendrá lugar el día __ del mes __ de 20__, en:

Los servicios incluidos serán exclusivamente aquellos expresamente detallados en el presente contrato, presupuesto y/o propuesta comercial aceptada por EL/LA CONTRATANTE.

2. Fecha, horario y duración del servicio

La prestación contratada tendrá una duración total de __ horas.

El servicio comenzará a las __ horas del día __ / __ / 20__ y finalizará a las horas del día __ / __ / 20__.

La fecha, horario y lugar consignados en el presente contrato constituyen elementos esenciales de la contratación.

Cualquier modificación deberá contar con la aceptación expresa de EL PRESTADOR y quedará sujeta a lo establecido en las cláusulas de cancelación y reprogramación.

3. Precio y forma de pago

El precio total de los servicios contratados asciende a la suma de:

$ ____
(Pesos ).

El importe será abonado de la siguiente manera:

SEÑA DE RESERVA: $ ____
(Pesos ).

SALDO RESTANTE: $ ____
(Pesos ).

El saldo será abonado en cuotas.

El pago de la seña y la firma del presente contrato implican la aceptación de las condiciones aquí establecidas y tienen como finalidad reservar la fecha indicada en la cláusula 2.

4. Seña de reserva y condiciones económicas

La suma abonada en concepto de seña de reserva tiene por finalidad asegurar la disponibilidad de EL PRESTADOR para la fecha, horario y evento específicamente indicados en este contrato.

La fecha reservada será considerada bloqueada exclusivamente para EL/LA CONTRATANTE, impidiendo a EL PRESTADOR disponer libremente de dicha fecha para la contratación de terceros.

El precio y las condiciones económicas pactadas serán los correspondientes exclusivamente a la contratación realizada para la fecha consignada en el presente contrato, salvo las modificaciones que ambas partes acuerden expresamente y por escrito.

La seña tendrá el tratamiento que corresponda conforme a la legislación aplicable y a las condiciones expresamente establecidas en el presente contrato.

5. Cancelación por parte del contratante

En caso de que EL/LA CONTRATANTE decida cancelar el evento o desistir de los servicios contratados por razones que no sean imputables a EL PRESTADOR, deberá comunicarlo de manera fehaciente.

La cancelación producirá la liberación de la fecha reservada y no generará para EL PRESTADOR obligación de mantener dicha fecha disponible.

La seña de reserva tendrá el carácter y tratamiento que correspondan conforme a la legislación aplicable y a las condiciones establecidas en el presente contrato.

Cuando corresponda, EL/LA CONTRATANTE deberá asimismo abonar los importes que, conforme al presente contrato y a la legislación aplicable, resulten exigibles como consecuencia de la cancelación efectuada.

6. Reprogramación o cambio de fecha

La fecha contratada constituye un elemento esencial del presente contrato.

En caso de que EL/LA CONTRATANTE solicite cambiar, trasladar, postergar o reprogramar el evento a una fecha diferente de la originalmente contratada, dicha solicitud no implicará la transferencia automática del presente contrato.

La eventual aceptación de una nueva fecha quedará sujeta exclusivamente a la disponibilidad de EL PRESTADOR.

Si EL PRESTADOR acepta la nueva fecha, la reprogramación deberá formalizarse mediante la celebración de un nuevo contrato, en el cual podrán establecerse un nuevo precio, nuevas condiciones de pago, servicios y demás condiciones comerciales vigentes al momento de la nueva contratación.

La nueva contratación requerirá asimismo el pago de una nueva seña de reserva, salvo que EL PRESTADOR acuerde expresamente y por escrito una condición diferente.

La seña correspondiente a la fecha originalmente reservada no será imputada automáticamente a la nueva contratación, salvo acuerdo expreso y por escrito de EL PRESTADOR.

La mera solicitud de cambio de fecha por parte de EL/LA CONTRATANTE no obliga a EL PRESTADOR a aceptar la reprogramación.

7. Cumplimiento del plan de pagos y condición previa para la prestación del servicio

EL/LA CONTRATANTE se obliga a cumplir en tiempo y forma con el plan de pagos establecido en el presente contrato, incluyendo la totalidad de las cuotas y/o el saldo final correspondiente.

El pago íntegro del precio total contratado constituye una condición previa y esencial para la prestación del servicio.

En consecuencia, si al llegar la fecha límite establecida para la cancelación total existiera cualquier importe pendiente de pago, ya sea correspondiente a una cuota vencida, saldo final o cualquier otro concepto expresamente pactado, EL PRESTADOR no estará obligado a realizar la prestación del servicio, pudiendo considerar configurado un incumplimiento esencial de EL/LA CONTRATANTE y ejercer los derechos que correspondan conforme a la legislación aplicable.

La falta de pago total no podrá ser subsanada mediante la simple promesa de pago posterior al evento, ni mediante el compromiso de cancelar el saldo durante o después de la prestación.

En caso de que EL/LA CONTRATANTE no hubiera cumplido con la totalidad de las obligaciones económicas asumidas dentro de los plazos establecidos, EL PRESTADOR podrá abstenerse de concurrir al evento y/o de iniciar o continuar la prestación, sin que ello implique obligación de prestar el servicio a crédito.

EL/LA CONTRATANTE no podrá exigir la realización del servicio si no ha cumplido previamente con las obligaciones económicas establecidas en el presente contrato, sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder a ambas partes conforme a la legislación aplicable.

La recepción de pagos parciales por parte de EL PRESTADOR no implicará renuncia a esta condición ni autorización para prestar el servicio sin encontrarse previamente cancelado el precio total contratado.

8. Instalación y facilidades para la prestación

EL/LA CONTRATANTE se compromete a proporcionar a EL PRESTADOR las condiciones y facilidades razonablemente necesarias para el ingreso, instalación, operación y retiro del equipamiento.

Asimismo, deberá garantizar que el lugar destinado a la prestación del servicio permita realizar la instalación con la anticipación necesaria y en condiciones adecuadas de seguridad.

Los tiempos de armado y desarme del equipamiento no forman parte de las horas de prestación contratadas, salvo acuerdo expreso.

9. Energía eléctrica, condiciones del lugar y factores externos

EL/LA CONTRATANTE deberá garantizar la disponibilidad de una instalación eléctrica adecuada, segura y suficiente para el funcionamiento del equipamiento contratado.

EL PRESTADOR no será responsable por interrupciones, deficiencias o fallas de energía eléctrica que no le sean imputables, ni por restricciones, condiciones o deficiencias propias del establecimiento donde se realice el evento.

Cuando las condiciones del lugar, instalaciones, clima u otras circunstancias externas representen un riesgo para la integridad física de las personas o para el equipamiento, EL PRESTADOR podrá adoptar las medidas de seguridad necesarias, incluyendo la suspensión temporal o definitiva de la prestación cuando resulte razonablemente necesario.

10. Rider técnico y condiciones técnicas del evento

EL/LA CONTRATANTE declara conocer y aceptar que la prestación de los servicios contratados se encuentra sujeta a las condiciones técnicas, requerimientos de montaje, espacio físico, alimentación eléctrica, infraestructura y demás especificaciones indicadas por EL PRESTADOR en el rider técnico correspondiente al evento, el cual forma parte integrante del presente contrato.

EL/LA CONTRATANTE será responsable de comunicar y/o entregar dicho rider técnico al salón, establecimiento, organizador, catering, event planner, proveedores y demás terceros que intervengan en la organización del evento, debiendo asegurarse de que las condiciones y requerimientos allí establecidos se encuentren efectivamente disponibles y cumplidos al momento de la prestación.

EL PRESTADOR podrá verificar las condiciones técnicas del lugar antes y/o durante el montaje.

Si al momento de la instalación se comprobara que el equipamiento, infraestructura, espacio, alimentación eléctrica, conexiones, accesos o cualquier otro requisito indispensable no coincide con lo solicitado en el rider técnico o no reúne las condiciones necesarias para realizar la prestación de manera segura y adecuada, EL PRESTADOR podrá modificar, limitar, suspender o directamente no realizar la prestación, total o parcialmente, cuando dichas condiciones impidan técnicamente la correcta ejecución del servicio o representen un riesgo para las personas o los equipos.

En tales circunstancias, cuando el incumplimiento de los requerimientos técnicos sea atribuible al establecimiento, organizador, proveedor, tercero o a EL/LA CONTRATANTE, EL PRESTADOR no será considerado responsable por la imposibilidad de prestar total o parcialmente el servicio, sin perjuicio de las obligaciones económicas asumidas por EL/LA CONTRATANTE.

La eventual aceptación de realizar el servicio bajo condiciones técnicas distintas a las indicadas en el rider será una decisión exclusiva de EL PRESTADOR y no constituirá una modificación permanente de sus requerimientos técnicos.

11. Servicio contratado y exclusión de horas adicionales

El servicio contratado comprende exclusivamente la cantidad de horas expresamente establecida en el presente contrato, conforme al horario indicado en la cláusula 2.

EL PRESTADOR no ofrece, incluye ni garantiza horas adicionales a las contratadas, por lo que no existe obligación alguna de extender la prestación una vez cumplido el horario establecido.

En consecuencia, cualquier solicitud de extensión horaria realizada por EL/LA CONTRATANTE, sus familiares, invitados, organizadores o terceros podrá ser rechazada libremente por EL PRESTADOR.

Asimismo, queda expresamente establecido que ningún tercero se encuentra autorizado a ofrecer, vender, prometer, contratar, garantizar o acordar en nombre de EL PRESTADOR horas adicionales de servicio, incluyendo, entre otros, gerentes o responsables del catering, event planners, organizadores, responsables o administradores del salón, coordinadores, proveedores, familiares, invitados o cualquier otra persona ajena a EL PRESTADOR.

Cualquier manifestación, promesa, contratación o cobro realizado por dichos terceros respecto de supuestas horas adicionales no será oponible a EL PRESTADOR ni generará obligación alguna para éste.

El pago realizado a cualquier tercero por supuestas horas adicionales no generará derecho alguno frente a EL PRESTADOR.

Una vez cumplido el horario contratado, EL PRESTADOR podrá dar por finalizada la prestación y proceder al retiro del equipamiento, sin que EL/LA CONTRATANTE pueda exigir la continuidad del servicio por haber contratado o abonado horas adicionales a un tercero.

La única persona facultada para autorizar una eventual modificación del horario de prestación será EL PRESTADOR, y cualquier modificación deberá constar expresamente por escrito.

12. Lluvia y condiciones climáticas

Cuando el servicio se contrate para espacios al aire libre, EL/LA CONTRATANTE deberá prever un espacio alternativo, cubierto y seguro que permita la instalación y funcionamiento del equipamiento ante lluvia u otras condiciones climáticas adversas.

EL PRESTADOR no estará obligado a instalar ni mantener equipamiento expuesto a condiciones que puedan ocasionar daños materiales o representar un riesgo para las personas.

La imposibilidad de prestar el servicio debido a condiciones climáticas o de infraestructura ajenas a EL PRESTADOR no constituirá incumplimiento imputable al mismo.

13. Seguridad del personal y del equipamiento

EL/LA CONTRATANTE se compromete a colaborar y proporcionar las condiciones necesarias para preservar la seguridad física de EL PRESTADOR, sus colaboradores y terceros afectados a la prestación, así como la integridad del equipamiento y mobiliario utilizado.

En caso de agresiones, amenazas, disturbios, desmanes, conductas peligrosas o cualquier situación que razonablemente ponga en riesgo la integridad de las personas o del equipamiento, EL PRESTADOR podrá suspender total o parcialmente la prestación del servicio cuando la situación resulte ajena a su responsabilidad.

14. Daños al equipamiento

EL/LA CONTRATANTE será responsable por los daños ocasionados al equipamiento, mobiliario, estructuras, accesorios o elementos pertenecientes a EL PRESTADOR cuando dichos daños sean provocados por EL/LA CONTRATANTE, sus invitados, asistentes, familiares, proveedores contratados por éste o terceros vinculados al evento, siempre que exista relación entre dichos daños y el evento.

Esta responsabilidad comprenderá los costos razonables de reparación, reposición o sustitución de los elementos afectados.

La responsabilidad prevista en esta cláusula será aplicable independientemente de que el daño se produzca antes, durante o después de la prestación, siempre que guarde relación con el evento contratado.

15. Responsabilidad de EL PRESTADOR

EL PRESTADOR se compromete a prestar los servicios contratados conforme a las condiciones expresamente establecidas en el presente contrato.

En caso de que EL PRESTADOR, por causas directamente imputables a éste, incumpla sustancialmente con la prestación contratada y no pueda brindar el servicio acordado, deberá reintegrar a EL/LA CONTRATANTE los importes efectivamente abonados correspondientes al servicio que no hubiera sido prestado, sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder conforme a la legislación aplicable.

No se considerarán causas imputables a EL PRESTADOR aquellas circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros que razonablemente no pudieran ser evitados o previstos.

16. Caso fortuito y fuerza mayor

Ninguna de las partes será responsable por incumplimientos derivados de acontecimientos extraordinarios, imprevisibles o inevitables que imposibiliten total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones asumidas, conforme a la legislación aplicable.

Ante una situación de esta naturaleza, las partes procurarán de buena fe acordar una solución razonable, pudiendo contemplarse, cuando sea posible, la reprogramación del evento, siempre sujeta a la disponibilidad de EL PRESTADOR y a las condiciones que correspondan.

17. Servicios no incluidos

Todo servicio, equipamiento, prestación, traslado, hora adicional, efecto especial, estructura, operador, material audiovisual o elemento que no se encuentre expresamente incluido en el presupuesto o presente contrato será considerado un servicio adicional y deberá ser cotizado y aceptado por separado.

La inclusión de servicios adicionales deberá constar por escrito o mediante un medio que permita acreditar inequívocamente el acuerdo entre las partes.

18. Modificaciones al contrato

Cualquier modificación de los servicios, horarios, lugar, fecha, precio o condiciones establecidas en el presente contrato deberá ser acordada expresamente entre las partes.

Ninguna comunicación verbal realizada a terceros, salón, organizadores, familiares o invitados podrá modificar por sí misma las condiciones del presente contrato.

Las modificaciones deberán ser aceptadas por EL PRESTADOR para resultar vinculantes.

19. Fecha reservada como elemento esencial

Las partes reconocen expresamente que la fecha del evento constituye un elemento esencial del presente contrato, dado que EL PRESTADOR compromete su disponibilidad exclusiva para dicha fecha y rechaza, en consecuencia, otras posibles contrataciones para el mismo día.

Por tal motivo, la celebración del presente contrato y el pago de la seña de reserva no constituyen una reserva genérica de servicios, sino una contratación específica vinculada a la fecha, horario y lugar determinados en este instrumento.

Cualquier cancelación, modificación o reprogramación deberá ajustarse a las disposiciones establecidas en las cláusulas precedentes.

20. Alimentación e hidratación del personal afectado al servicio

Cuando la prestación contratada implique una jornada prolongada de trabajo, EL/LA CONTRATANTE se compromete a garantizar que EL PRESTADOR y los integrantes de su equipo afectados al servicio tengan acceso, durante la jornada, a alimentación e hidratación suficiente y adecuada para el desarrollo de sus tareas.

Cantidad de integrantes del equipo: personas.

EL/LA CONTRATANTE deberá prever, como mínimo, una comida completa y bebidas sin alcohol para cada integrante del equipo de EL PRESTADOR, cuando la duración y horario de la prestación hagan razonablemente necesaria dicha provisión.

La alimentación e hidratación destinadas al equipo de EL PRESTADOR serán independientes de las consumiciones contratadas para los invitados y deberán encontrarse disponibles en condiciones adecuadas y en un horario compatible con la prestación del servicio.

Esta obligación tendrá por finalidad garantizar condiciones razonables de descanso, alimentación e hidratación durante jornadas prolongadas y no podrá ser sustituida unilateralmente por bebidas alcohólicas ni por consumiciones destinadas exclusivamente a los invitados del evento.

21. Traslado, hospedaje y estadía en eventos fuera de la ciudad de residencia

Cuando el evento se realice fuera de la ciudad de residencia habitual de EL PRESTADOR y, por razones de distancia, horario, traslado, duración del servicio o seguridad, resulte necesario pernoctar fuera de dicha ciudad, EL/LA CONTRATANTE deberá garantizar y/o asumir los gastos correspondientes al traslado, hospedaje y estadía necesarios para EL PRESTADOR y los integrantes de su equipo afectados al servicio, conforme a las condiciones previamente acordadas.

Cantidad de personas: __

Cantidad de noches de hospedaje: __

Fecha de ingreso al hospedaje: __/__/____

Fecha de salida del hospedaje: __/__/____

Cuando así se determine en el presupuesto o contratación, el hospedaje deberá contemplar la estadía necesaria para permitir que EL PRESTADOR y su equipo puedan descansar, asearse, cambiarse de ropa, prepararse adecuadamente para el evento y recuperarse de la jornada de trabajo.

El alojamiento deberá ser adecuado para el descanso y la higiene del personal, contar con condiciones básicas de seguridad y privacidad y encontrarse ubicado a una distancia razonable del lugar del evento.

La cantidad de noches y personas que correspondan quedará determinada previamente en el presupuesto y/o presente contrato.

22. Traslados, peajes, estacionamiento y viáticos

En los eventos realizados fuera de la ciudad de residencia habitual de EL PRESTADOR, los gastos de traslado que resulten necesarios para la prestación serán asumidos por EL/LA CONTRATANTE cuando así se haya establecido en el presupuesto o contratación.

Estos gastos podrán comprender, según corresponda, combustible, peajes, estacionamiento, transporte del personal, transporte del equipamiento, alojamiento y demás gastos directamente vinculados con la logística necesaria para realizar el servicio.

Cuando estos conceptos no se encuentren incluidos en el precio del servicio, deberán ser presupuestados y aceptados previamente por EL/LA CONTRATANTE.

La falta de provisión o pago de los traslados y gastos logísticos previamente acordados podrá impedir la realización del servicio cuando dichos conceptos resulten indispensables para su ejecución.

23. Conformidad

EL/LA CONTRATANTE declara haber leído íntegramente el presente contrato, comprender su contenido y aceptar expresamente las condiciones establecidas en todas sus cláusulas.

Asimismo, declara que los datos consignados son correctos y que ha recibido información suficiente respecto de los servicios contratados, su duración, precio, forma de pago y condiciones de prestación.

EL/LA CONTRATANTE declara asimismo conocer que la fecha, horario, lugar, condiciones técnicas, servicios incluidos y forma de pago constituyen elementos esenciales de la contratación.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando uno en poder de cada parte.

Firma de Nicolás Vásquez
Nicolás Vásquez
EL PRESTADOR — CEO — DNI 34.853.887
EL/LA CONTRATANTE
EL/LA CONTRATANTE